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Sección X

48.112/121

 

 B)     El cartón, papel, guata de celulosa y las napas de fibras de celulosa impregnados (véanse las Consideraciones generales de este capítulo: papel y cartón impregnado).

 

C)     El cartón, papel, guata de celulosa y las napas de fibras de celulosa revestidos o recubiertos, siempre que, en el caso de los papeles y cartones recubiertos o revestidos de materia plástica, el espesor de esta última no exceda de la mitad del espesor total (véase la Nota 2 g) de este capítulo).

 

   El papel y cartón para la fabricación de envases para bebidas y otros productos alimenticios, con textos e ilustraciones impresos relativos a las mercancías que va a contener, recubiertos en las dos caras de una fina capa transparente de plástico, incluso forrados con una lámina metálica (en la cara que constituirá la parte interior del envase), están también clasificados en esta partida. Estos productos pueden estar plegados y marcados previamente para facilitar el corte en el momento de la fabricación de envases individuales.

 

D)        El papel, cartón, guata de celulosa y napas de fibras de celulosa coloreados en la superficie con uno o varios colores, incluido el papel y cartón indiana o jaspeado en la superficie, así como los que lleven impresiones o ilustraciones de carácter accesorio que no modifiquen el destino inicial o permita considerarlos como artículos del capítulo 49 (véase la Nota 12 y las Consideraciones generales de este capítulo: papel y cartón coloreado o impreso).

 

      Se excluyen de esta partida:

 

a)          La guata de celulosa impregnada o recubierta de sustancias farmacéuticas, etc., de la partida 30.05.

b)          El papel perfumado y el papel impregnado o recubierto de maquillaje (capítulo 33).

c)      El papel y la guata de celulosa impregnados, revestidos o recubiertos de jabón o de detergentes (p. 34.01), o de cremas para el calzado, betunes, encáusticos, abrillantadores o preparaciones similares (p. 34.05).

d)      El papel y cartón sensibilizado de las partidas 37.01 a 37.04.

e)      El papel tornasol y el papel buscapolos y los demás papeles impregnados de reactivos de diagnóstico o de laboratorio (partida 38.22).

f)       Los productos constituidos por una capa de papel o de cartón revestida o recubierta de una capa de plástico, cuando el espesor de esta última sea superior a la mitad del espesor total (capítulo 39).

g)          El papel con simples líneas al agua que pueda utilizarse como papel rayado (ps. 48.02, 48.04 ó 48.05).

h)         E1 papel para decorar y revestimientos similares de paredes y el papel para vidrieras (p. 48.14).

ij)      Las tarjetas para correspondencia y demás articulos de papel o cartón de la partida 48.17

k)            Las placas para tejados constituidas por un soporte de cartón fieltro inmerso en asfalto o un producto similar o recubierto en las dos caras con una capa de esta materia (p. 68.07).

 

 

48.12 -      BLOQUES Y PLACAS, FILTRANTES, DE PASTA DE PAPEL.

 

      Los artículos comprendidos en esta partida se componen de fibras vegetales (algodón, lino, madera, etc.) con elevado contenido de celulosa, aglomerados por simple presión, sin añadir aglomerante, para formar bloques o placas de poca consistencia.

 

      Las fibras vegetales pueden emplearse solas o mezcladas con fibras de amianto; sin embargo, en este último caso, los bloques y placas sólo se clasifican aquí si conservan el carácter de artículos de pasta de papel.

 

      Las fibras se reducen primero a pasta y, dado el uso final de estos artículos, deben estar totalmente exentos de cualquier impureza para no dar a los líquidos filtrados ni olor, ni gusto, ni coloración.

 

      Los bloques y placas filtrantes se pueden fabricar también aglomerando dos o más hojas (a veces formadas a mano) de fibras tratadas así.

 

      Los bloques y placas filtrantes se utilizan en los aparatos para clarificar líquidos: vino, alcoholes, cerveza, vinagre, etc. Se clasifican aquí sin tener en cuenta ni la forma ni la dimensión.