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Sección XV

II - 72.11

 

 

72.11 -      PRODUCTOS LAMINADOS PLANOS DE HIERRO O ACERO SIN ALEAR, DE ANCHURA INFERIOR A 600 MM, SIN CHAPAR NI REVESTIR (+).

 

                                      -     Simplemente laminados en caliente:

 

                   7211.13      - -         Laminados en las cuatro caras o en acanaladuras cerradas, de anchura superior a 150 mm y espesor superior o igual a 4 mm, sin enrollar y sin motivos en relieve.

 

                   7211.14      - -         Los demás, de espesor superior o igual a 4,75 mm.

 

                   7211.19      - -         Los demás.

 

                                      -     Simplemente laminados en frío:

 

                   7211.23      - -         Con un contenido de carbono inferior al 0,25% en peso.

 

                   7211.29      - -         Los demás.

 

                   7211.90      -     Los demás.

 

      Esta partida engloba el mismo tipo de productos comprendidos en las partidas 72.08 y 72.09, con la diferencia sin embargo de que son de anchura inferior a 600 mm.

 

      Con excepción de las relativas a la anchura, las disposiciones de las partidas 72.08 y 72.09 se aplican, mutatis mutandis, a los productos de esta partida (véanse igualmente las Consideraciones generales de este capítulo).

 

      Entre los productos comprendidos aquí, se pueden citar los planos universales de anchura superior a 150 mm pero inferior a 600 mm y los flejes.

 

      Los flejes se obtienen habitualmente en caliente por relaminación de ciertos semiproductos de la partida 72.07 y pueden, en consecuencia, laminarse en frío para dar productos más delgados y con un acabado de mejor calidad. Los flejes se obtienen igualmente por cizallado de chapas o de bandas de las partidas 72.08 0 72.09.

 

      Los productos de esta partida pueden estar estriados, gofrados, redondeados en las aristas, biselados, ondulados, etc., con tal que estos trabajos no confieran a los productos el carácter de artículos o de manufacturas comprendidos en otra parte.           

 

      Estos productos se utilizan principalmente para flejar cajas, toneles u otros envases, para fabricar tubos soldados, útiles (por ejemplo, hojas de sierra), perfiles plegados, bandas de transportadores, en la industria del automóvil y para la fabricación de numerosos artículos (por ejemplo, embutido o plegado).

 

      Esta partida no comprende:

 

a)      Las torcidas de fleje de hierro o acero, incluso con púas, del tipo de las utilizadas para cercar (p. 73.13).

b)      Las grapas onduladas o biseladas, en piezas o cortadas en longitudes determinadas, para el ensamblado de piezas de madera (p. 73.17).

c)      Los esbozos de manufacturas del capítulo 82 (incluidos los esbozos en fleje de hojas de afeitar).

 

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Notas explicativas de subpartidas.

 

Subpartidas números 7211.13, 7211.14 y 7211.19

 

      Véase la Nota explicativa de las subpartidas 7208.10, 7208.25, 7208.26, 7208.27, 7208.36, 7208.37,7208.38, 7208.39, 7208.40, 7208.51, 7208.52, 7208.53 y 7208.54.

 

Subpartidas números 7211.23 y 7211.29

 

      Véase la Nota explicativa de las subpartidas 7209.15, 7209.16, 7209.17, 7209.18, 7209.25, 7209.26, 209.27 y 7209.28.