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Sección XV

74.07/081

  

 

74.07 -      BARRAS Y PERFILES, DE COBRE.

 

                   7407.10      -     De cobre refinado.

 

                                      -     De aleaciones de cobre:

 

                   7407.21      - -         A base de cobre-cinc (latón).

 

 

                   7407.29      - -         Los demás.

 

      Las barras se definen en la Nota 1 d) de este capítulo y los perfiles en la Nota 1 e).

 

      Estos productos se obtienen habitualmente por laminado, extrusión o estirado, pero a veces por forjado con prensa o martillo. Pueden estar terminados en frío (en su caso, después de recocidos), por estirado, enderezado o por otros métodos que le confieren un mejor acabado. Pueden estar también trabajados (tal como taladrados, retorcidos u ondulados), siempre que estos trabajos no le confieran e1 carácter de artículos o manufacturas comprendidos en otra parte. Permanecen también clasificados en esta partida los perfiles cerrados (perfiles huecos). Están también comprendidos en esta partida los tubos de aletas obtenidos por extrusión. Sin embargo los tubos en los que las aletas hayan sido añadidas, por ejemplo, soldándolas, se excluyen (p. 74.19, generalmente).

 

      Las barras y varillas obtenidos por moldeo (incluidos los productos llamados formatos y las barras obtenidas por colada continua) o por sinterizado, se clasifican en la partida 74.03, siempre que no hayan recibido después de la obtención un trabajo superior a un tosco desbarbado o a un decapado. Las que hayan recibido un trabajo más avanzado quedan clasificadas en esta partida, siempre que este trabajo no les confiera el carácter de artículos o manufacturas de otras partidas.

 

      Las barras para alambrón y las varillas apuntadas o trabajadas de otro modo en los extremos con el único fin de facilitar la introducción en las máquinas que las transforman, por ejemplo, en alambrón o en tubos se clasifican sin embargo en la partida 74.03.

 

 

74.08 -      ALAMBRE DE COBRE.

 

                                      -     De cobre refinado:

 

                   7408.11      - -         Con la mayor dimensión de la sección transversal superior a 6 mm.

 

                   7408.19      - -         Los demás.

 

                                      -     De aleaciones de cobre:

 

                   7408.21      - -         A base de cobre-cinc (latón).

 

                   7408.22      - -         A base de cobre-níquel (cuproníquel) o de cobre-níquel-cinc (alpaca).

 

                   7408.29      - -         Los demás.

 

      El alambre se define en la Nota 1 f) del presente capítulo.

 

      El alambre se obtiene por laminado, extrusión, estirado o trefilado y se presenta siempre enrollado. Las disposiciones del segundo párrafo de la Nota explicativa de la partida 74.07 son aplicables mutatis mutandis.