X) |
Para la aplicación de esta Regla, se considera que se presentan en surtidos acondicionados para la venta al por menor, las mercancías que reúnan simultáneamente las condiciones siguientes:
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a) |
Que estén constituidas por lo menos por dos artículos diferentes que, a primera vista, puedan clasificarse en partidas distintas. No se considerarían pues como un surtido, a efectos de esta Regla, seis tenedores de «fondue», por ejemplo, |
b) |
Que estén constituidas por productos o artículos que se presenten juntos para la satisfacción de una necesidad específica o el ejercicio de una actividad determinada, |
c) |
Que estén acondicionadas de modo que puedan venderse directamente a los utilizadores sin reacondicionar (por ejemplo, cajas, cofres, panoplias). En consecuencia, estas disposiciones alcanzan a los surtidos que consistan, por ejemplo, en diversos productos alimenticios destinados a utilizarlos en conjunto para preparar un plato cocinado. Se pueden citar como ejemplos de surtidos cuya clasificación puede realizarse por aplicación de la Regla general interpretativa 3 b):
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1) |
a) |
Los surtidos que consisten en un bocadillo de carne de buey con o sin queso (p. 16.02) presentado en un embalaje con una ración de patatas fritas (p. 20.04): Se clasifican en la partida 16.02. |
b) |
Los surtidos cuyos componentes se destinan a utilizarlos conjuntamente para la elaboración de un plato de espaguetis, constituidos por un paquete de espaguetis sin cocer (p. 19.02), una bolsita de queso rallado (p. 04.06) y una latita de salsa de tomate (p. 21.03), presentados en una caja de cartón: Se clasifican en la partida 19.02
Sin embargo, no deben considerarse surtidos determinados productos alimenticios presentados conjuntamente que comprendan, por ejemplo:
- Quisquillas (p. 16.05), paté de hígado (p. 16.02), queso (p. 04.06), lonchas de panceta (p. 16.02) y salchichas, llamadas cóctel (p. 16.01), que se presentan cada uno en una lata;
- Una botella de una bebida alcohólica de la partida 22.08 y una botella de vino de la partida 22.04.
En el caso de estos dos ejemplos, así como en otros casos similares, cada artículo se clasificará por separado en su partida correspondiente.
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2) |
Los neceseres para el cuidado del cabello constituidos por una maquinilla eléctrica de cortar el pelo (p. 85.10), un peine (p. 96.15), unas tijeras (p. 83.13), un cepillo (p. 96.03) y una toalla de materia textil (p. 63.02), que se presenten en un estuche de cuero (p. 42.02):
Se clasifican en la partida 85.10.
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3) |
Los juegos de dibujo compuestos por una regla (p. 90.17), un circulo de cálculo (p. 90.17), un compás (p. 90.17), un lápiz (p. 96.09) y un sacapuntas (p. 82.14); que se presenten en un estuche de plástico en hojas (p. 42.02):
Se clasifican en la partida 90.17.
En todos los anteriores surtidos, la clasificación se realizará teniendo en cuenta el objeto o los objetos que en su conjunto pueda considerarse que confieren al artículo el carácter esencial.
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