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Sección V

27.104/111

 

  

b)   Las preparaciones que contengan menos de 70 % en peso de aceites de petróleo o de mineral bituminoso, por ejemplo: las preparaciones para ensimado v demás preparaciones lubricantes de la partida  34.03. y los líquidos para frenos hidráulicos de la partida  38.19.

 

c)   Las preparaciones que contengan aceite de petróleo o de mineral bituminoso en cualquier proporción (incluso superior al 70% en peso) que estén expresadas o comprendidas en otras partidas más específicas de la Nomenclatura, ni las que tengan como componente básico productos distintos de los aceites de petróleo o de mineral bituminoso; este es el caso principalmente de preparaciones antiherrumbre de la partida  34.03, constituidas por lanolina disuelta en white spirit. puesto que la materia básica es la lanolina v el white spirit desempeña simplemente el papel de disolvente en la preparación y se evapora después de aplicarla: de las preparaciones desinfectantes, insecticidas, fungicidas, etc. (partida  38.08), de los aditivos preparados para aceites minerales (partida  38.11), de los disolventes y diluyentes compuestos para barnices (partida  38.14) y de algunas preparaciones de la partida  38.24, tales como las preparaciones para facilitar el arranque de los motores de gasolina, que contienen éter dietílico, aceites de petróleo en proporción superior o igual al 70 % en peso, así como otros elementos, en los que el éter dietílico es el elemento básico.

 

 

 

27.11 – GAS DE PETRÓLEO Y DEMÁS HIDROCARBUROS GASEOSOS.

 

– Licuados:

 

2711.11 – – Gas natural

 

2711.12 – – Propano

 

2711.13 – – Butanos

 

2711.14 – – Etileno, propileno, butileno y butadieno

 

2711.19 – – Los demás

 

En estado gaseoso:

 

2711.21– Gas natural

 

2711.29 – – Los demás

 

Esta partida comprende los hidrocarburos gaseosos en bruto, sean gases naturales, gases procedentes del tratamiento de aceites crudos de petróleo o gases obtenidos por procedimientos químicos. Sin embargo, el metano y el propano, incluso puros, corresponden a esta partida.

 

Estos hidrocarburos, gaseosos a la temperatura de 15 °C y a la presión de 1.013 milibares (101,3 kPa) de mercurio, pueden presentarse licuados en recipientes metálicos. Frecuentemente, se les añaden, por razones de seguridad, pequeñas cantidades de sustancias de muy fuerte olor destinadas a detectar fugas.

 

      Comprenden principalmente los gases siguientes, incluso licuados:

 

I.   Metano y propano, incluso puros.

 

II.   Etano y etileno de pureza inferior al 95 % . (El etano y el etileno de pureza superior o igual al 95% se clasifican en la partida  29.01.)

 

III.  Propeno (propileno) de pureza inferior al 90%. (El propeno de pureza superior o igual al 90% se clasifica en la partida  29.01.)

 

IV.  Butano de pureza inferior al 95% de n–butano y con menos del 95% de isobutano. (El butano de pureza superior o igual al 95% de n–butano o de isobutano se clasifica en la partida  29.01.)

 

V.   Butenos (butilenos) y butadienos, de pureza inferior al 90% .(Los butenos y butadienos de pureza superior o igual al 90% se clasifican en la partida  29.01.)

 

VI.  Mezclas de propano y butano.

 

Los porcentajes considerados anteriormente se calculan con referencia al volumen para los productos gaseosos y al peso para los productos líquidos.