Sección VI
38.084/091
Están incluidos en este grupo los productos desinfectantes, bacteriostáticos y esterilizantes.
Esta partida comprende igualmente productos destinados a la lucha contra los moluscos, nemátodos (nematocidas), roedores (raticidas), los pájaros (avicidas) y demás animales perjudiciales (productos para combatir las lampreas, los depredadores, etc.).
Esta partida no comprende:
a) Los productos usados como insecticidas, desinfectantes, etc., que no cumplan las condiciones anteriores. Estos productos se clasifican según su naturaleza, en sus respectivas partidas, por ejemplo:
1º) La flor de pelitre molida (p. 12.11).
2º) El extracto de pelitre (incluso tipificado por adición de aceite mineral) (p. 13.02).
3º) El aceite de creosota mineral (p. 27.07).
4º) La naftalina y demás productos de constitución química definida presentados aisladamente (o disueltos en agua) (capítulo 28 ó 29).
5º) Los cultivos de microorganismos utilizados como base para los raticidas, etc. (p. 30.02).
6º) El crudo amoniacal (p. 38.24).
b) Las preparaciones comprendidas en partidas más específicas de la Nomenclatura o que posean, con carácter accesorio, propiedades desinfectantes, insecticidas, etc., por ejemplo:
1º) Las pinturas submarinas que contienen materias tóxicas (ps. 32.08, 32.09 ó 32.10).
2º) Los jabones desinfectantes (p. 34.01).
3º) Los encáusticos al DDT (p. 34.05).
c) Los insecticidas, desinfectantes, etc., que tengan el carácter de medicamentos para medicina humana o veterinaria (ps. 30.03 ó 30.04).
d) Las preparaciones desodorantes de locales que tengan propiedades desinfectantes (p. 33.07).
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Nota explicativa de subpartidas.
Subpartidas 3808.10 a 3808.90
La clasificación de los productos con múltiples usos que pudieran clasificarse en varias subpartidas está regida habitualmente por la Regla general interpretativa 3.
38.09 – APRESTOS Y PRODUCTOS DE ACABADO, ACELERADORES DE TINTURA O DE FIJACIÓN DE MATERIAS COLORANTES Y DEMÁS PRODUCTOS Y PREPARACIONES (POR EJEMPLO: APRESTOS Y MORDIENTES), DEL TIPO DE LOS UTILIZADOS EN LA INDUSTRIA TEXTIL, DEL PAPEL, DEL CUERO O INDUSTRIAS SIMILARES, NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE.
3809.10 – A base de materias amiláceas.
– Los demás:
3809.91 – – Del tipo de los utilizados en la industria textil o industrias similares.
3809.92 – – Del tipo de los utilizados en la industria del papel o industrias similares.