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Sección VI

38.253

 

 

 

B.– DESECHOS Y DESPERDICIOS MUNICIPALES

 

 

         Esta partida comprende también los desechos y desperdicios municipales recolectados de viviendas particulares, hoteles, restaurantes, hospitales, almacenes, oficinas, etc. y los recogidos en calzadas y aceras así como los desechos de material de construcción y los escombros de demolición. Contienen generalmente una gran variedad de materias tales como plástico, caucho, madera, papel, materias textiles, vidrio, metal, productos alimenticios, muebles rotos y otros artículos deteriorados o descartados.

 

         Sin embargo, están excluidos los materiales o artículos separados de los desechos (por ejemplo, los de plástico, caucho, madera, papel, materias textiles, vidrio o metal y las baterías usadas) y los desechos industriales, que siguen su propio régimen. En relación con los desechos industriales de la industria química o de las industrias conexas, véase el siguiente apartado D. Los materiales y artículos de desecho recogidos separadamente siguen también su propio régimen.

 

 

C.– LODOS DE DEPURACIÓN

 

 

         Los lodos de depuración proceden de las plantas de depuración de los efluentes urbanos e incluyen los desechos de pretratamiento, los desechos de la limpieza y los lodos no estabilizados.

 

         Esta partida no comprende los lodos de depuración estabilizados que puedan utilizarse como abonos (capítulo 31). Sin embargo, los que contienen otros materiales nocivos para la agricultura (por ejemplo, metales pesados) que no se pueden utilizar como abonos, están clasificados en esta partida.

 

 

D.– LOS DEMÁS DESECHOS MENCIONADOS EN LA NOTA 6

DEL CAPÍTULO

 

 

         Esta partida comprende también un gran número de otros desechos mencionados en la Nota 6 de este capítulo. Comprende principalmente :

 

1)         Los desechos clínicos, es decir, desechos contaminados procedentes de investigaciones médicas, análisis, tratamientos o demás procedimientos médicos, quirúrgicos, odontológicos o veterinarios, los que frecuentemente contienen sustancias patógenas o farmacéuticas y requieren de procedimientos especiales de destrucción (por ejemplo: apósitos, guantes o jeringas, usados);

 

2)         Los desechos de disolventes orgánicos procedentes generalmente de los tratamientos de limpieza y de lavado y que contienen principalmente disolventes orgánicos impropios para su utilización inicial, aunque se destinen a la recuperación de disolventes.

 

Los desechos que contienen principalmente aceites de petróleo o de mineral bituminoso están excluidos (partida 27.10).

 

3)         Los desechos de soluciones decapantes, fluidos hidráulicos, líquidos para freno y líquidos anticongelantes impropios para su utilización inicial. Se aprovechan generalmente para la recuperación del producto principal.

 

Sin embargo, esta partida no comprende las cenizas y los residuos de desechos de soluciones decapantes que se usan para recuperar el metal o los compuestos metálicos (partida 26.20) y los desechos de fluidos hidráulicos y de líquidos para frenos que contengan principalmente aceites de petróleo o de minerales bituminosos (partida 27.10).