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Sección XI

 53.08/091

 

 

53.08 -      HILADOS DE LAS DEMÁS FIBRAS VEGETALES; HILADOS DE PAPEL.

 

                   5308.10      -     Hilados de coco.

 

                   5308.20      -     Hilados de cáñamo.

 

                   5308.90      -     Los demás.

 

A)        Hilados de las demás fibras textiles vegetales.

 

             Se refiere este grupo a los hilados obtenidos por la hilatura (seguida o no de retorcido o cableado) de las fibras de cáñamo de la partida 53.02, de las fibras textiles vegetales de las partidas 53.04 ó 53.05 o de las demás fibras vegetales clasificadas en lugar distinto de la sección XI y, en particular, en el capítulo 14 (por ejemplo, fibras de kapok o miraguano o de ixtle).

 

            Sin embargo estos hilados no se clasifican en esta partida cuando se consideren cordelería de la partida 56.07 (véase el apartado I-B 2) de las Consideraciones generales de la sección XI).

 

             Los hilados de cáñamo se utilizan tanto para la fabricación de tejidos como para coser calzado, artículos de guamicionería o talabartería, etc.

 

             Los hilados de este grupo pueden estar acondicionados o no para la venta al por menor o estar tratados como se indica en el apartado I-B I) de las Consideraciones generales de la sección XI.

 

             Los hilados de este grupo combinados con hilos metálicos en cualquier proporción (hilados metálicos) y los hilados metalizados se clasifican en la partida 56.05.

 

B)        Hilados de papel.

 

             Se refiere este grupo a los hilados de papel (sencillos, retorcidos o cableados), incluso en forma de cordeles, cuerdas o cordajes sin trenzar, acondicionados o sin acondicionar para la venta al por menor.

 

             Estos hilados se clasifican aquí estén o no tratados como se indica en el apartado 1-B 1) de las Consideraciones generales de la sección XI.

 

             Los hilados sencillos de papel contemplados aquí se fabrican torciendo o arrollando sobre sí mismas longitudinalmente tiras de papel humedecidas y, a veces, recubiertas. Los hilados torcidos o cableados se obtienen a partir de estos hilados sencillos.

 

      Se excluyen de esta partida:

 

a)      Las cintas de papel plegadas una o varias veces en sentido longitudinal (capítulo 48).

b)      Los hilados de papel combinados con hilos metálicos en cualquier proporción (hilados metálicos) y los hilados de papel metalizados (p. 56.05).

c)      Los hilados de papel armados con metal, así como los cordeles, cuerdas y cordajes de hilados de papel trenzados (p. 56.07).

 

 

53.09 -      TEJIDOS DE LINO.

 

                                      -     Con un contenido de lino superior o igual al 85% en peso:

 

                   5309.11      - -         Crudos o blanqueados.

 

                   5309.19      - -         Los demás.

 

                                      -     Con un contenido de lino inferior al 85% en peso:

 

                   5309.21      - -         Crudos o blanqueados.

 

                   5309.29      - -         Los demás.