Sección XI
53.053/07
El áloe (fibras de áloes).
E1 ananá. Estas fibras conocidas igualmente con los nombres de Curaná (Amazonia), Piña (México) o Silkgrass, se extraen de las hojas de la piña, planta de la familia de las Bromeliáceas. Pertenecen también a esta familia, las fibras de pita floja o pita de Colombia o arghan, de Caroa (Brasil), de Karatas, etc.
El cáñamo de Mauricio (Furcraea gigantea), conocido igualmente con el nombre de Piteira (Brasil).
El fermio (Phormium tenax, cáñamo o lino de Nueva Zelanda).
La sanseviera conocida también con el nombre de Bowstring hemp o lfe kemp.
La turba. Estas fibras se obtienen de una turba leñosa. Sólo se clasifican en la presente partida, si han sido sometidas a un tratamiento que implique su utilización como materia textil; si no se clasifican en la partida 27.03.
La enea (anea, espadaña). Estas fibras se extraen de la planta del mismo nombre. No deben confundirse con los pelos cortos que cubren las semillas de esta planta y que se utilizan para relleno (salvavidas, juguetes, etc.); estos pelos se clasifican en la partida 14.02.
La yuca.
El blanqueado o el teñido no influyen en la clasificación de los productos de esta partida.
53.06 - HILADOS DE LINO.
5306.10 - Sencillos.
5306.20 - Torcidos o cableados.
Se refiere esta partida a los hilados de lino, es decir, a los productos obtenidos por hilatura (seguida o no de retorcido o cableado) de mechas de lino o de estopas de lino de la partida 53.01.
Sin embargo, estos hilados no se clasifican en esta partida cuando se consideren cordelería de la partida 56.07 (véase el apartado 1-B 2) de las Consideraciones generales de la sección XI.
Los hilados de esta partida pueden estar acondicionados o no para la venta al por menor o estar tratados como se indica en el apartado I-B 1) de las Consideraciones generales de la sección XI.
Los hilados de lino combinados con hilos metálicos en cualquier proporción (hilados metálicos) y los hilados de lino metalizados se clasifican en la partida 56.05.
53.07 - HILADOS DE YUTE O DEMÁS FIBRAS TEXTILES DEL LÍBER DE LA PARTIDA 53.03.
5307.10 - Sencillos.
5307.20 - Torcidos o cableados.
Se refiere esta partida a los hilados obtenidos por la hilatura (seguida o no de retorcido o cableado) de las mechas de yute o de otras fibras textiles del líber de la partida 53.03.
Sin embargo, estos hilados no se clasifican en esta partida cuando se consideren cordelería de la partida 56.07 (véase el apartado 1-B 2) de las Consideraciones generales de la sección XI ).
Los hilados de ESTA partida pueden estar acondicionados o no para la venta al por menor o tratados como se indica en el apartado I-B 1) de las Consideraciones general de la sección XI.