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Sección XV

Capitulo 72

Notas1

 

CAPÍTULO 72

 

FUNDICIÓN, HIERRO Y ACERO

 

 

Notas.

 

1.-     En este Capítulo y, respecto a los apartados d), e) y f) de esta Nota, en toda la Nomenclatura, se consideran:

 

a)       Fundición en bruto

 

          las aleaciones hierro-carbono que no se presten prácticamente a la deformación plástica, con un contenido de carbono superior al 2% en peso, incluso con otro u otros elementos en las proporciones en peso siguientes:

 

-     10% o menos de cromo.

-     6% o menos de manganeso.

-     3% o menos de fósforo.

-     8% o menos de silicio.

-     10% o menos, en total, de los demás elementos.

 

b)      Fundición especular

 

las aleaciones hierro-carbono con un contenido de manganeso superior al 6%, pero inferior o igual al 30% en peso, cuyas demás características respondan a la definición de la Nota 1 a).

 

c)       Ferroaleaciones

 

las aleaciones en lingotes, bloques, masas o formas primarias similares, en formas obtenidas por colada continua o en granallas o en polvo, incluso aglomeradas, corrientemente utilizadas en la siderurgia, bien como productos de aporte para preparación de otras aleaciones, bien como desoxidantes, desulfurantes o en usos similares y que no se presten generalmente a la deformación plástica, con un contenido de hierro superior o igual al 4% en peso y con uno o varios elementos en las proporciones en peso siguientes:

 

-     más de 10% de cromo.

-     más de 30% de manganeso.

-     más de 3% de fósforo.

-     más de 8% de silicio.

-     más de 10%, en total, de los demás elementos, excepto el carbono, sin que el porcentaje de cobre pueda exceder del 10%.

 

d)      Acero

 

las materias férreas, excepto las de la partida 72.03 que, salvo determinados tipos de aceros producidos en forma de piezas moldeadas, se presten a la deformación plástica y con un contenido de carbono inferior o igual al 2% en peso. Sin embargo, los aceros al cromo pueden tener un contenido de carbono más elevado.

 

e)       Acero inoxidable

 

el acero aleado con un contenido de carbono inferior o igual al 1,2% en peso y de cromo superior o igual al 10,5% en peso, incluso con otros elementos.

 

f)       Los demás aceros aleados

 

los aceros que no respondan a la definición de acero inoxidable y que contengan uno o varios de los elementos indicados a continuación en las proporciones en peso siguientes:

 

-     0,3% o más de aluminio.

-     0,0008% o más de boro.

-     0,3% o más de cromo.

-     0,3% o más de cobalto

-     0,4% o más de cobre.