Sección XVI
84.683
B. ‑ MÁQUINAS PARA SOLDAR
Se trata exclusivamente de máquinas basadas en los mismos principios que los aparatos manuales del grupo precedente. Estas máquinas se componen esencialmente de sopletes combinados con dispositivos para la regulación y orientación de las boquillas, y de mecanismos diversos, tales como carretillas, mesas de alimentación, mandíbulas, deslizaderos, brazos articulados, para mantener, guiar o avanzar las piezas.
C. ‑ MÁQUINAS PARA TEMPLE SUPERFICIAL
Además de las máquinas de soldar, existen máquinas para temple superficial. Éstas llevan boquillas de llama envolvente apropiada a la forma de las piezas. El calentamiento se hace lo más rápidamente posible para evitar que el calor penetre en el núcleo del metal y, en cuanto la superficie se encuentra a la temperatura de temple, dispositivos adecuados proyectan el líquido apropiado o la sumergen en él.
II.‑ APARATOS DE GAS PARA SOLDAR
MATERIAS TERMOPLÁSTICAS
Están también comprendidos aquí determinados tipos de aparatos para soldar materias termoplásticas o artículos hechos con estas materias. Los aparatos de los que aquí se trata son los que utilizan el calor de una llama o un chorro caliente de aire, de nitrógeno o de un gas inerte, suministrado por un soplete. El aire u otros gases pueden calentarse pasando por un tubo calentado por gas.
III‑ MÁQUINAS Y APARATOS PARA SOLDAR, EXCEPTO
LOS QUE FUNCIONAN CON GAS
Entre las máquinas de este grupo, se pueden citar:
1) Las máquinas y aparatos de soldar con estaño u otras soldaduras blandas por medio de moletas o de hierros calientes, con exclusión de los soldadores manuales (p. 82.05) y de los aparatos electrotérmicos (p. 85.15).
2) Las máquinas de soldar por fricción.
PARTES
Salvo lo dispuesto con carácter general respecto a la clasificación de partes (véanse las Consideraciones generales de la sección), están igualmente comprendidas aquí las partes de máquinas o aparatos de esta partida.
Se clasifican además en esta partida los dispositivos accesorios, tales como soportes (de bolas, de rodillos u otros).
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Se excluyen de esta partida:
a) Las máquinas y aparatos para soldar que no se basen en el principio del soplete, tales como las lámparas de soldar de la partida 82.05.
b) Las pistolas y demás aparatos pulverizadores de metal fundido (p. 84.24).
c) Los aparatos para el despiezado de manufacturas de hormigón o para perforar lechos rocosos (perforación térmica), que utilizan un procedimiento basado en el calor elevado que desprende el hierro o el acero al quemarse en un chorro de oxígeno (p. 84.79).
d) Los aparatos y máquinas que utilizan al mismo tiempo gases y electricidad (p. 85.15).