Sección IV
16.012/021
Los embutidos y productos similares pueden estar crudos o cocidos, incluso ahumados y haber sido adicionados de grasa, tocino, fécula, condimentos, especias, etc. Por otra parte, estas preparaciones pueden contener trozos relativamente gruesos de carne o despojos (por ejemplo, de la dimensión de un bocado). Los embutidos y productos similares de clasifican en esta partida aunque estén cortados en lonchas o se presenten en recipientes herméticos.
Se clasifican en esta partida, entre otros:
1) Las salchichas, salchichones y productos similares a base de carne (salchichas de Franckfort, salami, etc.).
2) Los embutidos de hígado (incluido el hígado de ave).
3) Las morcillas y butifarras.
4) El chorizo, la longaniza, la sobrasada, la mortadela y otras especialidades análogas.
5) Las pastas («patés»), purés, cremas, galantinas y picadillos presentados en envoltura de embutidos o moldeados para darles la forma característica de embutido.
Esta partida comprende también determinadas preparaciones alimenticias (incluidos los platos cocinados) a base de embutidos o productos similares (véanse las Consideraciones generales de este Capítulo, tercer párrafo).
Por el contrario, se excluyen de esta partida:
a) La carne que, embuchada en vejigas, tripas o envolturas similares (naturales o artificiales) no esté cortada en trocitos ni picada, tal como sucede con algunos jamones y paletillas en rollo (partidas 02.10 ó 16.02, generalmente).
b) La carne cruda, picada o cortada en trocitos, que no contenga otros ingredientes, incluso embuchada (Capitulo 2).
c) Las preparaciones en envolturas que no sean del tipo de las normalmente utilizadas para los embutidos, salvo si estas preparaciones estuviesen clasificadas en esta partida, incluso sin envoltura (partida 16.02, generalmente).
d) Las aves cocidas y simplemente deshuesadas, tales como los pavos en rollo (partida 16.02).
16.02 – LAS DEMÁS PREPARACIONES Y CONSERVAS DE CARNE, DESPOJOS O SANGRE.
1602.10 – Preparaciones homogeneizadas
1602.20 – De hígado de cualquier animal
– De aves de la partida 01.05:
1602.31 – – De pavo (gallipavo)
1602.32 – – De gallo o gallina
1602.39 – – Las demás
– De la especie porcina:
1602.41 – – Jamones y trozos de jamón
1602.42 – – Paletas y trozos de paleta
1602.49 – – Las demás, incluidas las mezclas