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Sección V

25.052/07

 

 

 

Permanece comprendida en esta partida la arena natural tratada térmicamente con la única finalidad de su purificación.

 

Por el contrario, se excluyen de esta partida las arenas auríferas y platiníferas, las de circón, rutilo, ilmenita, así como las arenas monacíticas (o monacitas), que se clasifican como minerales de torio: todos estos productos se clasifican en el capítulo 26. También se excluye de esta partida la arena bituminosa, así como las arenas asfálticas (partida 27.14).

 

 

25.06 –    CUARZO (EXCEPTO LAS ARENAS NATURALES); CUARCITA, INCLUSO DESBASTADA O SIMPLEMENTE TROCEADA, POR ASERRADO O DE OTRO MODO, EN BLOQUES O EN PLACAS CUADRADAS O RECTANGULARES.

 

 

2506.10 – Cuarzo

 

Cuarcita:

 

 

La denominación cuarzo se refiere a diversas variedades de sílice, que se presentan en la naturaleza en forma cristalizada.

 

Para incluirlo en esta partida, el cuarzo debe cumplir la siguiente doble condición:

 

a)     presentarse en bruto o no haber sido sometido a trabajos distintos de los previstos en la Nota 1 del Capitulo (se considera como uno de estos trabajos, el tratamiento térmico aplicado con la única finalidad de facilitar la trituración del cuarzo),

 

b)    no pertenecer a las variedades que puedan utilizarse, por su estructura cristalográfica, como piedras semipreciosas (por ejemplo, cristal de roca, cuarzo ahumado, cuarzo rosa o amatista), que corresponden a la partida 71.03, aunque de hecho se destinen a usos técnicos, como la fabricación de piezas de herramientas o cristales piezoeléctricos.

 

La cuarcita es una variedad de roca compacta y muy dura, compuestas por granos de cuarzo aglomerados con un aglutinante silíceo.

 

Esta partida comprende, no sólo la cuarcita presentada en bruto o que sólo se haya sometido a los tratamientos previstos en la Nota 1 del capítulo, sino también la cuarcíta desbastada o simplemente troceada por aserrado u otro modo en bloques o placas cuadradas o rectangulares. Sin embargo, hay que destacar que la cuarcita trabajada en forma de adoquines, encintados (bordillos) o losas para pavimentos se clasifica en la partida 68.01, aunque sólo haya sido sometida a los tratamientos especificados en el texto de esta partida.

 

Además de los productos anteriormente excluidos, no corresponden a esta partida:

 

a)      La arena cuarzosa natural (partida 25.05).

 

b)      El sílex y demás productos de la partida 25.17.

 

c)      Los elementos de óptica de cuarzo (partida 90.01)

 

 

25.07 – CAOLÍN Y DEMÁS ARCILLAS CAOLÍNICAS, INCLUSO CALCINADAS.

 

 

Esta partida comprende el caolín y demás arcillas caolínicas constituidas en gran parte por minerales caolínicos tales como la caolinita, la dicsetita, la nacnita, la anauxita y la aloisita. Estas arcillas se clasifican en esta partida, incluso calcinadas.

 

El caolín (o arcilla de China) es una arcilla blanca o casi blanca, de primera calidad, que se utiliza como materia prima en la industria de la porcelana y como carga en la fabricación de papel. Las arenas caolínicas se clasifican en la partida 25.05.