Sección VI
30.063
Los sueros en bruto y demás productos semiacabados, que sólo tengan las cualidades de los reactivos después de haber recibido un tratamiento más avanzado, se clasifican en la partida correspondiente a su naturaleza.
D) Los reactivos para la determinación de las propiedades ALH (antígenos de leucocitos humanos) están comprendidos en esta partida; deben ser aplicables directamente. Se trata de sueros de origen humano o animal. Estos reactivos reaccionan con los linfocitos sanguíneos periféricos del sujeto experimental para la determinación de los antígenos ALH. Los antígenos ALH del sujeto experimental pueden determinarse basándose en el tipo de reacción de diferentes sueros de ensayo. Además de los principios activos, los reactivos contienen aditivos para la estabilización y la conservación.
Estos reactivos incluyen:
a) Las preparaciones para la determinación de antígenos ALH A, B y C.
b) Las preparaciones para la determinación de antígenos ALH DR.
c) Las preparaciones para 1a determinación de antígenos ALH D.
d) Los reactivos acabados para la determinación de antígenos ALH A, B y C que contienen una gama de antisueros ALH diferentes (por ejemplo, placas de ensayo).
e) Los reactivos acabados para la determinación de antígenos del locus del ALH DR (por ejemplo, placas de ensayo).
6) Las preparaciones opacificantes para exámenes radiológicos, así como los reactivos de diagnóstico concebidos para usar en el paciente, que sean productos sin mezclar dosificados o bien productos mezclados constituidos por dos o más ingredientes para los mismos usos.
Las preparaciones opacificantes para exámenes radiológicos de los órganos, de la circulación sanguínea, de las vías urinarias, del canal biliar, etc., son preparaciones a base de sulfato de bario o de otras sustancias opacas a los rayos X. Estas preparaciones se destinan a inyectarlas en el organismo o a ingerirlas (por ejemplo, papilla baritada).
Sólo están comprendidos en esta partida los reactivos de diagnóstico que se administren al paciente por ingestión, inyección, escarificación, etc., incluidos los de origen microbiano.
Por el contrario, se excluyen, y se clasifican en las partidas correspondientes a su naturaleza (capítulo 28, capítulo 29 o partidas 30.02 ó 38.22 principalmente), los reactivos de diagnóstico que no estén concebidos para usarlos en el paciente, tales como los reactivos de laboratorio o los que se ponen en contacto con la sangre, la orina, etc., extraídas previamente del paciente.
7) Los cementos y demás productos de obturación dental y los cementos para la refección de los huesos.
Los cementos y demás productos de obturación dental más empleados están constituidos por preparaciones a base de sales metálicas (fosfato de cinc, cloruro de cinc, etc.) de óxidos metálicos, de gutapercha o de materias plásticas; también pueden ser aleaciones metálicas (incluidas las aleaciones de metales preciosos) especialmente preparadas como productos de obturación dental. Aunque generalmente no contienen mercurio, las aleaciones se llaman a veces amalgamas. Esta partida comprende tanto los productos destinados a obturaciones provisionales como los que se utilizan para las definitivas y comprende también los cementos y productos de obturación dental que por contener sustancias farmacéuticas poseen propiedades profilácticas.
Todos estos productos se presentan habitualmente en polvo o en tabletas; algunos de ellos se presentan a veces con productos líquidos para prepararlos en el momento de su uso. Están generalmente acondicionados en envases con indicaciones sobre su utilización.
Están también comprendidas en esta partida las puntas para la obturación del canal dental (principalmente, de plata, de gutapercha o de papel).