Sección VI
Capítulo 38
CG2/38.011
Esta expresión comprende también algunos otros productos, principalmente los productos del capítulo 28 utilizados como complementos minerales en las preparaciones alimenticias, los alcoholes de azúcar de la partida 29.05, los aminoácidos esenciales de la partida 29.22, la lecitina de la partida 29.23, las provitaminas y vitaminas de la partida 29.36, los azúcares de la partida 29.40, los constituyentes de la sangre animal de la partida 30.02 destinados a utilizarse en las preparaciones alimenticias, la caseína y los caseinatos de la partida 35.01, las albúminas de la partida 35.02, la gelatina comestible de la partida 35.03, las materias proteicas comestibles de la partida 35.04, las dextrinas y otros almidones modificados comestibles de la partida 35.05, el sorbitol de la partida 38.24, los productos comestibles del capítulo 39 (como la amilopectina y la amilosa de la partida 39.13). Conviene señalar que los productos enumerados anteriormente lo han sido únicamente a título de ejemplo y que esta enumeración no debe considerarse exhaustiva.
La simple presencia de sustancias alimenticias u otras sustancias que tengan valor nutritivo en una mezcla, no es suficiente para excluir estas mezclas del capítulo 38, por aplicación de la Nota 1 b) de este capítulo. Las mezclas que se excluyen del capítulo 38 en virtud de esta Nota pertenecen a la clase de productos que se utilizan en la preparación de productos destinados a la alimentación humana.
38.01 – GRAFITO ARTIFICIAL; GRAFITO COLOIDAL O SEMICOLOIDAL; PREPARACIONES A BASE DE GRAFITO U OTROS CARBONOS, EN PASTA, BLOQUES, PLAQUITAS U OTRAS SEMIMANUFACTURAS.
3801.10 – Grafito artificial.
3801.20 – Grafito coloidal o semicoloidal.
3801.30 – Pastas carbonadas para electrodos y pastas similares para el revestimiento interior de hornos.
3801.90 – Las demás.
1) El grafito artificial es una variedad de carbono generalmente preparada en horno eléctrico calentando, a una temperatura suficiente para obtener la grafitación del conjunto (del orden de 2.500 a 3.200 °C), una mezcla de polvo de coque finamente molido (generalmente coque de petróleo, pero a veces, también coque de antracita, de retorta, de brea, etc.) con aglomerantes carbonados, tales como brea o alquitrán, bajo la acción catalizadora de los productos presentes en la mezcla, tales como la sílice o el óxido de hierro. Primero se extrude o moldea la mezcla a presión en bloques verdes de sección cuadrada o redonda, que a continuación se someten a una cocción previa a 1.000 °C aproximadamente y después a una grafitación, o bien directamente a la grafitación.
Se obtiene de este modo un producto con una densidad aparente de 1,5 a 1,6 aproximadamente, cuya estructura cristalina es homogénea y se puede reconocer como la del grafito por difractometría de rayos X. El análisis químico confirma también que se trata de grafito (precipitación del ácido grafitico).
Además del grafito artificial de calidad corriente, se encuentra:
a) El grafito artificial de pureza nuclear, es decir, el grafito obtenido por procedimientos especiales, que contiene 1 parte por millón, o menos, de boro y que tiene una sección de adsorción total eficaz para los neutrones térmicos de 5 milibares o menos por átomo. Este producto, por tener un contenido muy bajo de cenizas (20 partes por millón o menos), se emplea como moderador o reflector en los reactores nucleares.
b) El grafito artificial impregnado o impermeabilizado, es decir, el grafito que, para aumentar su densidad aparente o la impermeabilidad a los gases, se impregna en vacío con alquitrán, resinas o disoluciones de azúcar u otros productos orgánicos; a continuación se cuecen de nuevo los bloques y se someten a la grafitación del carbono residuo de los productos añadidos.