Sección VI
38.113/121
2°) a base de poliéteres (poli(oxietileno) (polietilenglicol) o poli(oxipropileno) (polipropilenglicol));
3°) a base de siliconas.
Los aditivos de estos productos son los mismos que los de los aceites minerales correspondientes.
Esta partida no comprende los productos de constitución química definida presentados aisladamente (capítulos 28 ó 29, corrientemente) y los sulfonatos de petróleo, excepto en forma de preparaciones.
Se excluyen también de esta partida:
a) Las preparaciones lubricantes a base de disulfuro de molibdeno (p. 34.03).
b) El grafito coloidal en suspensión en aceite o en cualquier otro medio y el grafito semicoloidal (p. 38.01).
38.12 – ACELERADORES DE VULCANIZACIÓN PREPARADOS; PLASTIFICANTES COMPUESTOS PARA CAUCHO O PLÁSTICO, NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE; PREPARACIONES ANTIOXIDANTES Y DEMÁS ESTABILIZANTES COMPUESTOS PARA CAUCHO O PLÁSTICO.
3812.10 – Aceleradores de vulcanización preparados.
3812.20 – Plastificantes compuestos para caucho o plástico.
3812.30 – Preparaciones antioxidantes y demás estabilizantes compuestos para caucho o plástico.
Para la aplicación de esta partida los términos «compuestos», «preparaciones» y «preparados» incluyen:
1°) las mezclas deliberadas y
2°) las mezclas de reacción que comprendan los productos fabricados a partir de series homólogas como, por ejemplo, a partir de los ácidos grasos y de los alcoholes grasos de la partida 38.23.
A) Aceleradores de vulcanización preparados.
Se da el nombre de aceleradores de vulcanización a los productos que se añaden al caucho antes de la vulcanización para mejorar las propiedades físicas del artículo vulcanizado y reducir el tiempo y la temperatura necesaria para la vulcanización. Estos productos pueden accesoriamente desempeñar el papel de plastificantes. Esta partida sólo comprende estos productos cuando tienen el carácter de preparaciones, es decir, de mezclas.
Estas preparaciones son generalmente a base de productos orgánicos (difenilguanidina, ditiocarbamatos, tiouramas, sulfuros, hexametilenotetramina, mercaptobenzotiazol, etc.) asociados frecuentemente a activadores inorgánicos (óxido de cinc, óxido de magnesio, óxido de plomo, etc.).
B) Plastificantes compuestos para caucho o para materias plásticas, no expresados ni comprendidos en otras partidas.
Esta categoría comprende los plastificantes compuestos que se utilizan para obtener en las materias plásticas el grado de flexibilidad deseado o para aumentar la plasticidad de las mezclas de caucho. Como ejemplos de este tipo de productos, se pueden citar las mezclas deliberadas de dos o más ésteres de ftalato, y también las mezclas de ftalatos de dialquilo obtenidas a partir de mezclas de alcoholes grasos de la 38.23. Los plastificantes se utilizan corrientemente para el poli(cloruro de vinilo) y los ésteres de la celulosa.
Esta partida no comprende los productos utilizados como plastificantes o a veces designados como tales que se clasifican más específicamente en otras partidas de la Nomenclatura (véanse las exclusiones al final de esta Nota explicativa).