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Sección XVI

84.603/611

 

 

Nota explicativa de subpartidas.

 

Subpartidas 8460.11, 8460.21, 8460.31

 

Véase la Nota explicativa de las subpartidas 8458.11 y 8458.91.

 

 

84.61 -        MÁQUINAS DE CEPILLAR, LIMAR, MORTAJAR, BROCHAR, TALLAR O ACABAR ENGRANAJES, ASERRAR, TRONCEAR Y DEMÁS MAQUINAS HERRAMIENTA QUE TRABAJEN POR ARRANQUE DE METAL O CERMETS, NO EXPRESADAS NI COMPRENDIDAS EN OTRA PARTE.

 

                   8461.20      -     Máquinas de limar o mortajar

 

                   8461.30      -     Máquinas de brochar

 

                   8461.40      -     Máquinas de tallar o acabar engranajes

 

                   8461.50      -     Máquinas de aserrar o trocear

 

                   8461.90      -     Las demás

 

Esta partida comprende las máquinas herramienta que trabajan por arranque de metal o de cermets, no expresadas ni comprendidas en otra partida.

 

La mayor parte de estas máquinas son accionadas mecánicamente. Pero, aunque sean movidas a mano o con el pie (máquinas de pedal), se distinguen de las herramientas de mano de la partida 82.05, así como de las herramientas de uso manual de la partida 84.67, por el hecho de que diseñadas habitualmente para apoyarlas en un basamento, o bien, para fijarlas al suelo, un banco, una pared o a otra máquina, tienen una placa de asiento o cualquier otro dispositivo apropiado.

 

Forman parte de esta partida, principalmente:

 

1)      Las máquinas de cepillar, que tienen por misión trabajar, en la parte exterior de una pieza, superficies planas o perfiladas, mediante útiles de corte de un solo filo. Son máquinas herramienta en las que el útil está fijo y la mesa portapiezas animada de un movimiento alternativo horizontal de traslación. Sin embargo, algunas máquinas de cepillar de grandes dimensiones, tales como las máquinas de cepillar de foso o las máquinas de cepillar para achaflanar las chapas tienen la mesa fija y se emplean para el mecanizado de piezas de gran longitud (por ejemplo, carriles).

 

             Algunas máquinas de cepillar pueden estar equipadas con carácter complementario o accesorio con uno o varios carros portafresas (carros fresadores) que sustituyen a un número igual de carros de cepillado. Estas máquinas herramienta, llamadas de cepillar y fresar, deben considerarse como máquinas de cepillar aunque sea posible, reduciendo la velocidad de la mesa, utilizarlas para realizar trabajos de fresado. No deben confundirse con ciertas máquinas para fresar llamadas fresadoras cepilladoras de la partida 84.59 cuyo aspecto exterior recuerda al de las máquinas de cepillar, pero que están equipadas únicamente con carros portafresas.

 

             Las máquinas de cepillar pueden también llevar, además de los carros de cepillado, uno o dos cabezales rectificadores. La adición de estos dispositivos portamuela permite utilizar estas cepilladoras como rectificadoras de superficies planas. Existen igualmente modelos equipados al mismo tiempo con cabezales de cepillado, cabezales fresadores y cabezales rectificadores, así otros modelos equipados con dispositivos para el mortajado.